El acta de entrega documenta el estado del inmueble cuando el arrendatario lo recibe. Es la mejor defensa, para las dos partes, frente a un desacuerdo al devolverlo.
Qué registrar:
Estado por espacio. Paredes, pisos, techos, puertas y ventanas de cada ambiente, anotando rayones, humedades o daños existentes.
Equipos y acabados. Cocina, baños, griferías, calentador, y todo lo que se entrega instalado y funcionando.
Inventario de muebles y enseres, si el inmueble se entrega amoblado.
Lecturas y llaves. Contadores de servicios y número de juegos de llaves entregados.
Soporte. Fotos o video con fecha, firmados o aceptados por ambas partes.
Al finalizar el contrato se compara el inmueble con el acta. El desgaste normal por el uso no es responsabilidad del arrendatario; los daños sí. Un inventario claro evita cobros injustos y reclamos infundados.
Información general, no asesoría legal.